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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 13 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>106</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 189 
 Madrid número 29. Ejecución 13 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 13 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dumitru Florea, frente a “Ex-Transcolvi, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Dumitru Florea con la empresa “Ex-Transcolvi, Sociedad Limitada”, con efectos desde esta resolución, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 30.809,28 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 26.743 euros en concepto de salarios de tramitación.
  Notifíquese a las partes y al Servicio Público Estatal de Empleo.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2802/0000/64/0013/16.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Pilar Varas García.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ex-Transcolvi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de marzo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/13.672/16)</texto>
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