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    <identificador>BOCM-20160524-111</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/05/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alicante número 1. Autos 807 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>122</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1 
 
 111 
 Alicante número 1. Autos 807 de 2015 
  EDICTO
  Don José Agustín Rifé Fernández-Ramos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Alicante.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen los autos número 807 de 2015, a instancias de don Roberto López Mira, contra “Lan Bila Bulegoa, ETT, Sociedad Limitada”, “Unidad de Mantenimiento Ocupacional Umano” y “Levantina de Asociados Minerales, Sociedad Anónima Unipersonal”, en los que el día 4 de marzo de 2016 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:
  Diligencia de ordenación de su señoría, letrado de la Administración de Justicia don José Agustín Rifé Fernández-Ramos..En Alicante, a 4 de marzo de 2016.
  La extiendo yo, el letrado de la Administración de Justicia, para hacer constar la entrada del anterior escrito de fecha 2 de diciembre de 2015 de la parte demandante, el mismo únase a los autos de su razón y, se accede a la suspensión solicitada, requiriendo a las partes para que resuelto el conflicto colectivo, informe a este Juzgado sobre la continuación del procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de reposición en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo consignar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado en cualquier sucursal del “Banco Santander”, con especificación en el mandamiento de ingreso de la cuenta del Juzgado número 0111/0000, concepto “Recurso”, tipo “Reposición-Social”, código “30”, número de expediente 0807/15, o por transferencia bancaria indicándose, después de los dieciséis dígitos, el código y tipo de recurso, al tiempo de interponerlo únicamente por quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre)..Doy fe.
  Y para que conste y sirva de notificación a “Unidad de Mantenimiento Ocupacional Umano”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Alicante, a 26 de abril de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/16.297/16)</texto>
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