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    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 30 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 
 60 
 Madrid. Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 30 de 2016 
  SALA DE LO SOCIAL
  Sección Primera
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Carrasco Manzaneres, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera de la Sala de lo social).
  Hago saber: Que en el procedimiento número 30 de 2016 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Mohamed Alilou El Azizi, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 151”, y “Gregorio García Martín Transportes y Excavaciones, Sociedad Limitada”, sobre recurso de suplicación, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  Sentencia número 336 de 2016
  Ilustrísimos señores, don Juan Miguel Torres Andrés, don Javier José París Marín y don Ignacio Moreno González-Aller..En Madrid, a 22 de abril de 2016.
  Habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los ilustrísimos señores citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1978, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que le confiere el pueblo español ha dictado la siguiente sentencia.
  En el recurso de suplicación número 30 de 2016 formalizado por el letrado don José Luis Ayala Andrés, en nombre y representación de don Mohamed Alilou El Azizi, contra la sentencia de fecha 19 de mayo de 2015 dictada por el Juzgado de lo social número 5 de Madrid, en sus autos número 347 de 2014, seguidos a instancias de don Mohamed Alilou El Azizi, frente a “Gregorio García Martín Transportes y Excavaciones, Sociedad Limitada”, “Asepeyo”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, siendo magistrado-ponente el ilustrísimo señor don Javier José París Marín, y deduciéndose de las actuaciones habidas lo siguiente:
  Fallamos
  Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el letrado don José Luis Ayala Andrés, en nombre y representación de don Mohamed Alilou El Azizi, contra la sentencia de fecha 19 de mayo de 2015 dictada por el Juzgado de lo social número 5 de Madrid, en sus autos número 347 de 2014, seguidos a instancias de don Mohamed Alilou El Azizi, frente a “Gregorio García Martín Transportes y Excavaciones, Sociedad Limitada”, “Asepeyo”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social. En consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia. Sin costas.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gregorio García Martín Transportes y Excavaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de abril de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/16.650/16)</texto>
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