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    <fecha_publicacion>2016/06/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Distrito de Moratalaz</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Distrito de Moratalaz
 
 35 
 Madrid. Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones 
  Extracto del decreto de 31 de mayo de 2016, del concejal-presidente del Distrito de Moratalaz, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2016 (BDNS número 307987).
  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
  Primero.  Beneficiarios..Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Moratalaz y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, OBRGS.
  Segundo.  Objeto..Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del asociacionismo, a través de proyectos destinados a fortalecer las relaciones entre asociados y a promover la incorporación de nuevos socios a la entidad mediante desarrollo de objetivos operativos previstos en la convocatoria.
  Tercero.  Bases reguladoras..Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
  Cuarto.  Cuantía..El importe total destinado a esta convocatoria para la modalidad de proyectos asciende a 33.000,00 euros.
  La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
  Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes..El plazo de presentación será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Sexto.  Otros datos..Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva.
  Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como solicitud de subvención en la presente convocatoria.
  Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el anexo I.
  Límites:
  .	En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar un proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere los 30.000,00 euros, impuestos incluidos, y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 10.000,00 euros.
  No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud.
  No podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades que hayan suscrito convenios con el Área de Gobierno de Coordinación Territorial, en virtud de subvenciones nominativas en el presupuesto municipal, para la anualidad 2016.
  Madrid, a 31 de mayo de 2016..El concejal-presidente del Distrito de Moratalaz, Pablo César Carmona Pascual.
  (03/20.853/16)</texto>
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