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    <titulo>Sevilla número 11. Ejecución 80 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 11 
 
 141 
 Sevilla número 11. Ejecución 80 de 2016 
  EDICTO
  Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 80 de 2016, a instancias de la parte actora don José Manuel Ríos de la Cruz, contra “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado auto y decreto de fecha 10 de mayo de 2016 del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar ejecución contra los bienes y derechos propiedad de la entidad demandada “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, por la cuantía de 3.026,44 euros de principal, más 484,23 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
  Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Adelaida Maroto Márquez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla..Doy fe.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Proceder al embargo de créditos que la demandada pueda ostentar frente a la Agencia Tributaria por cualquier concepto, a cuyo fin se da la oportuna orden telemática.
  Notifíquese la presente resolución, tanto a la parte actora como a la parte demandada.
  No se puede dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en su nueva redacción hasta que no entre en funcionamiento el Registro Público Concursal.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Así lo decreta y firma doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Sevilla, a 10 de mayo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/19.119/16)</texto>
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