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    <fecha_publicacion>2016/06/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Navalcarnero. Contratación. Renuncia contrato</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVALCARNERO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO 
 CONTRATACIÓN
 
 89 
 Navalcarnero. Contratación. Renuncia contrato 
  Por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Navalcarnero, en sesión celebrada el 18 de mayo de 2016, se ha procedido a renunciar a la celebración del contrato del servicio de apoyo a la recaudación ejecutiva y voluntaria para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), tramitado mediante procedimiento abierto, cuyo expediente fue aprobado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), en sesión celebrada el 25 de marzo de 2015. Lo que se hace público de conformidad con el artículo 154.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
  1.  Entidad adjudicadora: 
  a)	Organismo: Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid).
  b)	Dependencia que tramita el expediente: Secretaría-Contratación.
  c)	Número de expediente: 006SER15.
  d)	Dirección de Internet del “perfil del contratante”: www.ayto-navalcarnero.com
  2.  Objeto del contrato:
  a)	Tipo: servicios.
  b)	Descripción: servicio de apoyo a la recaudación ejecutiva y voluntaria para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid).
  c)	Medio y fecha de publicación del anuncio: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 76, de 31 de marzo de 2015.
  3.  Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
  a)	Tramitación: ordinaria.
  b)	Procedimiento: abierto.
  4.  Presupuesto base de licitación: el precio del contrato se fija en unos porcentajes sobre la retribución por la colaboración en la realización de ingresos en la vía voluntaria y sobre la retribución por la colaboración en la realización de ingresos en la vía ejecutiva, en los términos establecidos en la cláusula VIII del pliego de prescripciones técnicas. De conformidad con la cláusula X del citado pliego, el presupuesto estimado del contrato, en cuanto a colaboración en voluntaria, asciende a 480.000,00 euros anuales, sin incluir el IVA, de manera que el valor estimado del contrato en cuanto a colaboración en voluntaria es de 2.880.000,00 euros, sin incluir el IVA. Las cantidades que se abonan en concepto de la vía ejecutiva se consignan presupuestariamente mediante partidas ampliables en los términos dispuestos en la base de ejecución número 15 del presupuesto general del Ayuntamiento de Navalcarnero.
  5.  Formalización del contrato: por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 18 de mayo de 2016, se aprobó renunciar a la celebración del contrato del servicio de apoyo a la recaudación ejecutiva y voluntaria para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), de conformidad con lo establecido en el artículo 155 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente.
  Navalcarnero, a 1 de junio de 2016..El alcalde accidental, Juan Luis Juárez Saavedra.
  (01/20.843/16)</texto>
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