<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160621-111</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/06/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 74 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>146</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-06-21-146160620160154</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/06/21/BOCM-20160621-111.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/06/21/BOCM-20160621-111.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/06/21/BOCM-20160621-111.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/06/21/BOCM-20160621-111.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 
 111 
 Madrid número 6. Ejecución 74 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Eva San Pablo Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 74 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro García Sánchez, frente a “Ingeología, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Alejandro García Sánchez, frente a la demandada “Ingeología, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 1.392,32 euros, más 83,53 euros y 139,23 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ingeología, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de mayo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/20.348/16)</texto>
</documento>