<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160621-165</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/06/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 26. Procedimiento 98 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>146</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-06-21-146160620160198</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/06/21/BOCM-20160621-165.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/06/21/BOCM-20160621-165.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/06/21/BOCM-20160621-165.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/06/21/BOCM-20160621-165.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 
 165 
 Madrid número 26. Procedimiento 98 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Lucía Beltrán Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 26 de Madrid (de refuerzo).
  Hago saber: Que en el procedimiento número 98 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Olga María Navarro Rodríguez, frente a “Hob Nob, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Estimo parcialmente la demanda formulada por doña Olga María Navarro Rodríguez, contra “Hob Nob, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido de la actora y, teniendo por ejercitada la opción por la indemnización, declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes y condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante la cantidad de 46.022,40 euros brutos en concepto de indemnización.
  Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por este pronunciamiento.
  Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. 
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hob Nob, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de mayo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/20.252/16)</texto>
</documento>