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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 57 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 
 190 
 Madrid número 30. Ejecución 57 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Luisa García Tejedor, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 57 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Ramón Zanfaño García, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto de fecha 11 de mayo de 2016, cuya resolución es la siguiente:
   Parte dispositiva:
  Que se declara extinguida la relación laboral condenando a la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, a abonar a don Francisco Ramón Zanfaño García la cantidad de 33.287,70 euros en concepto de indemnización y 7.821,70 euros (36,38 euros de salario/día por doscientos quince días) en concepto de salarios dejados de percibir, sin perjuicio de que queda advertida la parte actora de que las prestaciones de desempleo percibidas en el indicado período deberán ser reintegradas al Servicio Público Esdtatal de Empleo.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2803/0000/64/0057/16.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Míriam García López.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 24 de mayo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/20.563/16)</texto>
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