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    <fecha_publicacion>2016/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Cenicientos. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cenicientos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CENICIENTOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 39 
 Cenicientos. Régimen económico. Ordenanzas fiscales 
  El Pleno del Ayuntamiento de Cenicientos, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de junio de 2016, acordó la aprobación provisional de la imposición y la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por:
  .	Ordenanza fiscal reguladora del precio público por utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos.
  .	Ordenanza fiscal reguladora del precio público por anuncio libro de fiestas.
  .	Ordenanza fiscal reguladora del precio público por celebración matrimonios civiles.
  .	Ordenanza reguladora tasa uso de locales e instalaciones municipales.
  .	Ordenanza reguladora tasa aprovechamiento especial del vuelo sobre la vía pública.
  .	Ordenanza reguladora tasa instalación de quioscos en la vía pública.
  .	Ordenanza reguladora tasa utilización edificios municipales.
  .	Ordenanza reguladora tasa colocación anuncios publicitarios en instalaciones locales.
  .	Ordenanza reguladora tasa ocupación espacio público con mesas, sillas, tribunas y tablados.
  .	Ordenanza reguladora de la tasa por licencias urbanísticas.
  .	Ordenanza reguladora de la tasa por licencias de apertura.
  .	Ordenanza reguladora de la tasa por tenencia de animales peligrosos.
  .	Ordenanza reguladora de la tasa por gestión de residuos de construcción y demolición.
  .	Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de documentos, fotocopias, fax y voz pública.
  .	Aprobación de la tasa por servicio de cementerio
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Cenicientos, a 23 de junio de 2016..La alcaldesa, Natalia Núñez Jiménez.
  (03/23.786/16)</texto>
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