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    <identificador>BOCM-20160712-185</identificador>
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    <fecha_publicacion>2016/07/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Granada número 1. Ejecución 87 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>164</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 1 
 
 185 
 Granada número 1. Ejecución 87 de 2016 
  EDICTO
  Doña María del Carmen García-Tello y Tello, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Granada.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 87 de 2016, a instancias de la parte actora doña Fátima Bousserg, contra “Cymar Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 26 de abril de 2016 del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Granada, a 26 de abril de 2016.
  Parte dispositiva:
  Su señoría ilustrísima dijo: Se despacha ejecución contra la demandada por la suma de 5.265,28 euros de principal, más 816,00 euros que se presupuestan provisionalmente para intereses, gastos y costas.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
  Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Jesús Rodríguez Alcázar, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Granada..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Cymar Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Granada, a 6 de junio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/23.359/16)</texto>
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