<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160720-52</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>EL ATAZAR</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/07/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– El Atazar. Régimen económico. Presupuesto general 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>172</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-07-20-172140720160060</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/07/20/BOCM-20160720-52.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/07/20/BOCM-20160720-52.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/07/20/BOCM-20160720-52.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/07/20/BOCM-20160720-52.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Atazar</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL ATAZAR 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 52 
 El Atazar. Régimen económico. Presupuesto general 2016 
  Por el Pleno de fecha 25 de mayo de 2016 se aprobó el presupuesto general para 2016 del Ayuntamiento de El Atazar y la empresa “Desarrollo y Proyectos Atazar, Sociedad Limitada”, junto con sus anexos y bases de ejecución, acuerdo que es definitivo por no haber reclamación o sugerencia alguna en el plazo de exposición al público.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a continuación a la publicación de dicho presupuesto general, resumido por capítulos, contra el cual podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses y quince días a partir de la presente publicación si no se presentaran reclamaciones contra la aprobación inicial, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de que se interponga cualquier otro que se estime pertinente.
  
 
   En El Atazar, a 5 de julio de 2016..El alcalde, Juan Ramón Fernández Barreno.
  (03/25.530/16)</texto>
</documento>