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    <fecha_publicacion>2016/07/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 4. Procedimiento 334 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>173</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4 
 
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 Getafe número 4. Procedimiento 334 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento monitorio número 334 de 2014, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Decreto
  Letrada de la Administración de Justicia, doña María Paz Laso Pérez..En Getafe, a 19 de octubre de 2015.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  1.  Archivar el presente procedimiento monitorio, instado por la comunidad de propietarios de calle José Luis Garci, número 4, de Getafe, frente a “Cotaredo, Sociedad Limitada”.
  2.  Dar traslado a la parte demandante a fin de que presente demanda de ejecución, en el caso de que desee proceder al despacho de la misma por la cantidad de 1.154,71 euros.
  3.  Condenar al deudor al pago de los honorarios y derechos que se hayan devengado por el abogado y procurador de la comunidad solicitante.
  4.  Notificar la presente resolución a las partes, advirtiéndoles de que si cambiasen de domicilio lo habrán de comunicar inmediatamente al tribunal.
  5.  Notifíquese a doña María Amparo Dobarro Ramos, como administradora de “Cotaredo, Sociedad Anónima”, parte demandada, por medio de edicto, que se fijará en el tablón de anuncios de este órgano judicial, así como extracto de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Modo de impugnación: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante este tribunal.
  Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.
  El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en la cuenta de este expediente, indicando, en el campo “concepto”, la indicación “recurso” seguida del código “01 civil-revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “recurso” seguida del código “01 civil-revisión”.
  En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando, en este caso, en el campo observaciones, la fecha de la resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Cotaredo, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Getafe, a 13 de junio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/25.938/16)</texto>
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