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    <fecha_publicacion>2016/07/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Modificación créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 71 
 Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Modificación créditos 
  A los efectos de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se hace público para general conocimiento que el Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en sesión celebrada el día 14 de junio de 2016, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de créditos y crédito extraordinario número 2, que afecta al vigente presupuesto de esta Entidad Local, financiado con cargo a mayores ingresos de los presupuestados.
  
 
   Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra este acuerdo recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Gargantilla del Lozoya, a 13 de julio de 2016..El alcalde, Rafael García Gutiérrez.
  (03/26.361/16)</texto>
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