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    <titulo>Madrid número 31. Procedimiento 330 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>184</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 
 170 
 Madrid número 31. Procedimiento 330 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Amalia del Castillo de Comas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 330 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marina Merayo Mera, frente a “Breadlicious, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Marina Merayo Mera, debo condenar y condeno a “Breadlicious, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 1.217,30 euros brutos (1.140 euros netos) en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora, y debo absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Breadlicious, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 5 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/26.219/16)</texto>
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