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– Resolución Rectoral de 11 de julio de 2016, por la que se convocan los Premios Anuales de Investigación UPM</titulo>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID 
 
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 RESOLUCIÓN Rectoral de 11 de julio de 2016, por la que se convocan los Premios Anuales de Investigación UPM. 
  Para dar cumplimiento a la Resolución Rectoral de 12 de mayo de 2008, de bases reguladoras de concesión de Premios Anuales de Investigación de la Universidad Politécnica de Madrid, y a la Resolución de modificación bases de 7 de junio de 2010, en atención a su artículo 1.1 con el objeto de premiar a quienes se hayan destacado en la labor detallada en las citadas bases.
  DISPONGO
  Ordenar la publicación de esta novena convocatoria de concesión de los Premios Anuales de Investigación de la Universidad Politécnica de Madrid, que se regirá por las condiciones que se establecen en las bases y modificación citadas, disponibles ambas en: http://www.upm.es/Investigacion/AyudasConvocatorias/PremiosOtros/ProgramaPropio, y por lo siguiente:
  1.  Condiciones de participación
  En el artículo 4 de las citadas bases, y para cada uno de los premios, se establecen las condiciones de los candidatos que serán propuestos por al menos tres profesores de plantilla de la UPM, de reconocido prestigio en su actividad investigadora.
  2.  Formalización y plazos de solicitud
  2.1.  Esta convocatoria permanecerá abierta desde el día siguiente de su publicación en la página web de la UPM hasta el próximo 21 de septiembre de 2016. La instancia de solicitud deberá ser presentada por los proponentes en el modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria y que estará a disposición de los interesados en la dirección: http://www.upm.es/Investigacion/AyudasConvocatorias/PremiosOtros/ProgramaPropio, en la convocatoria de premios anuales de investigación UPM 2016, adjuntando las cartas de presentación que justifiquen los méritos para la concesión del premio, el curriculum vitae y/o memoria, según el caso, destacando los méritos específicos relacionados con los criterios de valoración fijados en el artículo 5.2 de las citadas bases.
  El currículum vitae se ajustará al Currículum Vitae Normalizado (CVN-FECYT). Para facilitar a quien no disponga de su currículum vitae normalizado puede generarlo con la aplicación, https://www.upm.es/Memorias/Memorias/registrocv.jsp, a la que puede acceder con su usuario: correo electrónico UPM y contraseña: La de su correo electrónico UPM.
  El currículum vitae deberá presentarse en formato pdf y tener menos de 3MB de tamaño.
  2.2.  Únicamente se remitirá en papel el formulario de solicitud (Anexo I), debidamente firmado, al Servicio de Apoyo a la Gestión de la Investigación de la UPM. El resto de la documentación se enviará en formato electrónico a la dirección:
  .	programapropio.investigacion@upm.es
  En el correo electrónico se especificará en “Asunto”: Premios de Investigación UPM y el tipo de premio.
  3.  Financiación y cuantía de los premios
  3.1.  Las ayudas se atenderán con cargo al centro de gasto 26.06 del programa 519 del presupuesto de gastos 2016 gestionado a través del Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Doctorado.
  3.2.  La cuantía de los premios será la siguiente:
  3.2.1.  El premio UPM de Investigación consistirá en 10.000 euros en metálico y una placa conmemorativa.
  3.2.2.  El premio UPM de Proyección Investigadora consistirá en 5.000 euros en metálico y una placa conmemorativa.
  3.2.3.  El premio UPM de Colaboración en Investigación consistirá en una placa conmemorativa.
  3.2.4.  Premio UPM de Cooperación Internacional en Investigación para el Desarrollo consistirá en una placa conmemorativa.
  3.3.  En todo caso, la UPM correrá con todos los gastos relativos a la participación de los premiados en los actos que se organicen al efecto.
  4.  Selección y resolución 
  4.1.  Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la lista provisional de candidaturas admitidas en la web de la Universidad. En el caso de los excluidos se indicará el motivo de la exclusión.
  4.2.  Los aspirantes excluidos tendrán un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las citadas relaciones. Transcurrido dicho plazo, se publicarán las relaciones definitivas de admitidos y excluidos.
  4.3.  Cada candidato deberá aceptar su candidatura mediante carta remitida al Vicerrector de Investigación en un plazo no superior a diez días naturales desde la publicación de las candidaturas admitidas.
  4.4.  Una vez constituidos los Jurados, cuyos miembros serán nombrados por el Rector, tendrán un plazo máximo de un mes para emitir su deliberación. 
  4.5.  Los Jurados, que valoraran las candidaturas de acuerdo con los criterios fijados en el artículo 5.2 de las bases reguladoras, podrán dejar desiertos algunos o todos los premios justificándolo en el acta de concesión. 
  4.6.  Asimismo, según se establece en el artículo 5.2.4 de las bases, las decisiones de los jurados serán inapelables. 
  4.7.  Las resoluciones de concesión se realizaran por el Rector a la vista de las actas emitidas por los diferentes jurados.
  5.  Recursos
  5.1.  La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  6.  Publicación y entrada en vigor
  6.1.  La presente convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y entrará en vigor a partir del día siguiente a dicha publicación.
  Madrid, a 11 de julio de 2016..El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.
  (03/28.176/16)</texto>
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