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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <titulo>Madrid número 32. Procedimiento ordinario 259 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 
 128 
 Madrid número 32. Procedimiento ordinario 259 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don José Francisco Ramos Alonso, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 259 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alba Montesinos Villén, frente a “Nueva Restauración Alcaleña, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Sentencia número 175 de 2016
  En Madrid, a 21 de marzo de 2016..Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, como demandante, doña Alba Montesinos Villén, que comparece asistida de la letrada doña María de los Dolores Burgos García, con número profesional 49.144, y de otra, como demandada, “Nueva Restauración Alcaleña, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado el siguiente
  Fallo
  Que con estimación de la demanda presentada por doña Alba Montesinos Villén, contra “Nueva Restauración Alcaleña, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora 769,21 euros por los conceptos de la demanda, más 76,92 euros de interés por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado..Doy fe.
  Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, señora Brea Corbo..En Boadilla del Monte, a 29 de abril de 2016.
  Por recibido el anterior exhorto regístrese en los libros de su clase, y visto su contenido, practíquense las diligencias que en el mismo se interesan y verificado que sea devuélvase al Juzgado de procedencia previa nota de baja.
  Sirva la presente resolución de atento oficio remisorio.
  Así lo acuerdo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nueva Restauración Alcaleña, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 6 de julio de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/26.732/16)</texto>
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