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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 252 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 
 130 
 Madrid número 32. Ejecución 252 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don José Francisco Ramos Alonso, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 252 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ancharad Gómez India, don Ángel García Antolín, doña Antonia María Zambrano Ramírez, doña Elena Denche Izquierdo, doña María de los Ángeles Hervás Huecas, doña María Jesús Pagadizábal Millán, doña Mercedes Martín Hernández y don Pablo Emilio Díaz Álvarez, frente a “Ace Express 2013, Sociedad Limitada”, y “Siltycon, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 17 de junio de 2016.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña María Jesús Pagadizábal Millán con las empresas “Ace Express 2013, Sociedad Limitada”, y “Siltycon, Sociedad Limitada”, condenando a estas a que abonen a aquella la cantidad de 4.363,32 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 34.517,64 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2805/0000/64/0252/15.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Siltycon, Sociedad Limitada”, y “Ace Express 2013, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de julio de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/26.728/16)</texto>
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