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    <identificador>BOCM-20160809-9</identificador>
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    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2016/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Concesión subvenciones
– Resolución de 8 de agosto de 2016, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueba el listado provisional de solicitantes excluidos en el proceso de concurrencia competitiva para la obtención de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2016 mediante Orden de 26 de abril de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS 
 
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 RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2016, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueba el listado provisional de solicitantes excluidos en el proceso de concurrencia competitiva para la obtención de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2016 mediante Orden de 26 de abril de 2016. 
  Mediante Orden de 26 de abril de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, se convocaron subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid para el año 2016.
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.5 de Orden de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al alquiler de vivienda previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Vivienda, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016, esta Dirección General de Vivienda y Rehabilitación
  RESUELVE
  Primero
  Aprobar el listado provisional de solicitantes excluidos (cuyas solicitudes se presentaron dentro del plazo de la convocatoria) por no reunir los requisitos establecidos en la Orden de 21 de abril de 2016, de bases reguladoras, con indicación del motivo de exclusión. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.5 de la citada Orden, dicho listado será publicado a efectos de su consulta en la página web (www.madrid.org). 
  Segundo
  1.  Los solicitantes incluidos en el listado provisional de excluidos dispondrán de un plazo máximo de diez días para formular alegaciones, subsanar la solicitud y/o aportar la documentación preceptiva. Cualquier extremo que se desee acreditar mediante documentación aportada en esta fase de subsanación, en el supuesto de que la misma deba ser expedida por otras entidades u organismos, deberá haber sido solicitada por el interesado o interesados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de subvención (el 21 de mayo).
  2.  Las alegaciones o la subsanación que se formule se podrá cumplimentar en modelo no normalizado con indicación con carácter obligatorio del número de expediente y se dirigirá a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, y se podrá presentar en el Registro General de la Consejería o en cualquier de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007 y normativa autonómica aplicable, también se podrá presentar por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, para la cual es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
  Madrid, a 8 de agosto de 2016..El Director General de Vivienda y Rehabilitación, PS (Resolución de 19 de julio de 2016), Luis Bustingorri Alberdi.
  (03/29.503/16)</texto>
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