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    <fecha_publicacion>2016/08/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 98 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 
 176 
 Madrid número 11. Ejecución 98 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 98 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Fernández Vinuesa, frente a “Iristel Ibérica, Sociedad Limitada”, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, “Sonistar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, y “Telestar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 14 de julio de 2016.
  Parte dispositiva:
  Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en el hecho primero de esta resolución y por la cuantía cuyo importe total asciende a 2.683 euros en concepto de salarios y 2.014 euros en concepto de indemnización.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sonistar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, “Iristel Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Telestar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/27.849/16)</texto>
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