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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/08/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 113 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 125 
 Madrid número 14. Ejecución 113 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 113 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mustapha Hamman, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Construcciones Deportivas Sara, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado el siguiente decreto de insolvencia:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de un total de 5.093 euros, desglosados de la siguiente forma:
  Deuda salarial: la cantidad total de 4.753,36 euros, de los cuales 4.308,36 euros corresponden a principal y la cantidad de 445 euros corresponden al interés por mora.
  Deuda extrasalarial: la cantidad total de 339,64 euros, de los cuales 328,24 euros corresponden a principal y la cantidad de 11,40 euros corresponden al interés por mora.
  Más 1.018,60 euros de intereses legales y costas provisionalmente calculados, sin perjuicio de su posterior liquidación, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Construcciones Deportivas Sara, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución:
  Hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Hágase entrega a la parte ejecutante, enviando por correo certificado con acuse de recibo, los testimonios necesarios para el inicio del correspondiente expediente administrativo ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Deportivas Sara, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/28.470/16)</texto>
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