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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 152 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 
 87 
 Madrid número 4. Ejecución 152 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 152 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ignacio Meléndez García, frente a “Asimag Consultores, Sociedad Limitada”, e “Infante, Ramallo y Casanueva, Sociedad Limitada Profesional”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 14 de julio de 2016.
  La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 4 de julio de 2016 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don José Ignacio Meléndez García solicitando la ejecución de la sentencia por la que se condena a “Asimag Consultores, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme y que dicha empresa se encuentra declarada en concurso por el Juzgado de lo mercantil número 2 de Bilbao en el procedimiento número 113 de 2014. Paso a dar cuenta..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 14 de julio de 2016.
  Parte dispositiva:
  No ha lugar a despachar la ejecución por encontrarse la entidad ejecutada “Asimag Consultores, Sociedad Limitada”, en situación de concurso de acreedores.
  Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.
  Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial y a la administración concursal.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0152/16.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Pablo Aramendi Sánchez.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Asimag Consultores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/28.451/16)</texto>
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