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    <titulo>Madrid número 17. Procedimiento 830 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>196</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 
 115 
 Madrid número 17. Procedimiento 830 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 830 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Vicente Sánchez, doña Feliciana Domínguez Colmenar, don Francisco José Gutiérrez Arribas y don Luis Urbano Serrano, frente a don Antonio Asunsolo García, doña María Asunción Asunsolo Ripoll, “Dima Distribución Integral, Sociedad Limitada”, “Distribuciones Generales Boyaca, Sociedad Limitada”, “Distrimadrid, Sociedad Anónima”, “First Station, Sociedad Limitada”, “Gelesa Gestión Logística, Sociedad Limitada”, “Iberotrans, Sociedad Limitada”, “Publicaciones 2000, Sociedad Limitada”, y “Transportes y Servicios Siglo XXI, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Se tiene por no formalizado el recurso de suplicación anunciado por don Francisco José Gutiérrez Arribas, don Luis Urbano Serrano, don Antonio Vicente Sánchez y doña Feliciana Domínguez Colmenar contra la resolución de fecha 18 de marzo de 2016 dictada en los presentes autos.
  Modo de impugnación: mediante recurso de queja, ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución, debiendo acompañar copia de la presente resolución de acuerdo con el artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada por el artículo 4, apartado 23, de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Iberotrans, Sociedad Limitada”, “First Station, Sociedad Limitada”, y “Distrimadrid, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/28.673/16)</texto>
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