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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 82 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 129 
 Madrid número 19. Ejecución 82 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia, en sustitución, del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 82 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando González de la Horra, frente a “Promociones Penamaior 2000, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:
  Ha lugar a la práctica de la diligencia de prueba interesada por don Fernando González de la Horra y en su consecuencia, se acuerda citar al testigo don Antonio Mullor Ferrero, propuesto por dicha parte para que comparezca al acto del juicio señalado para el día 20 de septiembre de 2016, a las doce horas, advirtiéndole que tiene el deber de comparecer y que la infracción injustificada de dicho deber será sancionado con arreglo al artículo 292.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo acordado.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2517/0000/64/0082/13.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Promociones Penamaior 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de agoto de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/29.458/16)</texto>
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