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    <identificador>BOCM-20160901-1</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/09/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Nombramiento
– Orden 2822/2016, de 8 de agosto, por la que se designan los vocales componentes de las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>209</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
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    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
 1 
 ORDEN 2822/2016, de 8 de agosto, por la que se designan los vocales componentes de las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid. 
  El Pleno del Consejo de Cultura, en su reunión de 30 de noviembre de 2015, aprobó la creación de las Comisiones Sectoriales siguientes:
  .	Comisión de Archivos, Bibliotecas y del Libro.
  .	Comisión de Artes Plásticas.
  .	Comisión de Teatro.
  .	Comisión de Música.
  .	Comisión de Danza.
  .	Comisión de Cine y Audiovisual.
  En virtud de la Orden 1045/2016, de 22 de marzo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, se designaron los presidentes de las citadas Comisiones, correspondiendo al titular de la Dirección General de Promoción Cultural la presidencia de las Comisiones de Artes Plásticas, de Teatro, de Música, de Danza, y de Cine y Audiovisual; y a la titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la de la Comisión de Archivos, Bibliotecas y del Libro.
  Así mismo, a propuesta del Pleno del Consejo de Cultura, en su reunión del día 30 de junio de 2016, por Orden 2706/2016, de 13 de julio, se ha aprobado la modificación del artículo 17.1 del Reglamento de Régimen Interior del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, cuya redacción queda como sigue:
  “Las Comisiones Sectoriales estarán constituidas por vocales, miembros del Consejo de Cultura. Cada vocal podrá participar por sí mismo o por representación, en un máximo de dos Comisiones, salvo que sean representantes de la Administración Regional con competencia directa en la materia de que se trate o miembros de los grupos con representación parlamentaria en la Asamblea de Madrid, en cuyo caso no se aplicará esta limitación. El Presidente de cada Comisión de trabajo será nombrado por el Presidente del Consejo de Cultura”.
  Por todo ello y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes, 
  DISPONGO
  Artículo 1
  Designación de componentes de las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid
  Quedan designados como componentes de las Comisiones Sectoriales del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid los siguientes:
  
     
 
   Las labores de secretaría serán llevadas a cabo por un funcionario adscrito a la Dirección General competente por razón de la materia.
  Artículo 2
  Modificación de la Orden 2203/2016, de 8 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2016
  Queda incluida la Federación Madrileña de Municipios como vocal de la Comisión Sectorial de Teatro prevista en el artículo 7.1 de la Orden 2203/2016, de 8 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2016.
  Artículo 3
  Entrada en vigor
  La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 8 de agosto de 2016.
  		El Consejero de Presidencia, Justicia 		y Portavocía del Gobierno, 		ÁNGEL GARRIDO GARCÍA
  (03/30.104/16)</texto>
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