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    <titulo>Pozuelo de Alarcón número 1. Juicio 61 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>209</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1 
 
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 Pozuelo de Alarcón número 1. Juicio 61 de 2016 
  EDICTO
  Doña Elena María Varela Luaces, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 61 de 2016 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 16 de 2016
  El ilustrísimo señor don Roberto Fernández Muñoz, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón y su partido, ha visto en juicio oral y público los presentes autos de delito leve, seguidos ante este Juzgado con el número 61 de 2016, sobre delito leve de hurto del artículo 234.2 del Código Penal, en el que han sido partes, como denunciante, la legal representante del establecimiento “Hipercor”, sito en el camino Cerro de los Gamos de Pozuelo de Alarcón, doña Inmaculada del Pozo Garzón, y como denunciado, don Israel Marañón Ramírez, constando suficientemente en las actuaciones las circunstancias personales de ambos, y con la intervención del ministerio fiscal.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Israel Marañón Ramírez, como autor criminalmente responsable de un delito leve de hurto en grato de tentativa a la pena de multa de dos meses, a razón de 9 euros la cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista por el artículo 53 del Código Penal.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para conocimiento y resolución por el magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid que corresponda constituido en el Tribunal unipersonal, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, por medio de escrito en el que expondrá el recurrente sus alegaciones y fijará un domicilio para notificaciones.
  Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a las actuaciones principales por la secretaria, quedando el original en el libro de sentencias, definitivamente juzgando en primera instancia y administrando justicia en nombre de Su Majestad el Rey de España, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Israel Marañón Ramírez,  actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 28 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/29.722/16)</texto>
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