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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/09/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Álamo. Régimen económico. Ordenanza fiscal servicios sanitarios animales de compañía</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>213</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Álamo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 38 
 El Álamo. Régimen económico. Ordenanza fiscal servicios sanitarios animales de compañía 
  Al no haberse presentado alegaciones durante su período de exposición pública efectuada mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, de fecha 10 de junio de 2016, resulta elevado automáticamente a definitivo el expediente para la modificación de las tarifas de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios sanitarios relacionados con los animales de compañía, introduciendo en su artículo 3, como nuevos hechos imponibles, tres apartados relativos a los servicios de captura, retirada y traslado del animal, e identificación con chip, que fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de El Álamo en sesión de fecha 26 de mayo de 2016.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica su contenido íntegro:
  Artículo 3.	Hecho imponible y cuotas tributarias..Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios siguientes, por los que se abonarán las cantidades fijas que se citan:
  .../... (Se añaden tres nuevos apartados con el siguiente contenido):
  .	Recogida en vía pública, retirada y traslado del animal: 30 euros.
  .	Captura con sedación: 30 euros.
  .	Identificación con chip y/o vacunación: 25 euros.
  Entrada en vigor: la presente modificación entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estima conveniente.
  El Álamo, a 22 de agosto de 2016..La alcaldesa, Natalia Quintana Serrano.
  (03/30.316/16)</texto>
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