<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160927-177</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VITUM, S. COOP. MAD.</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/09/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– VITUM, S. Coop. Mad. Liquidación cooperativa</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>231</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-09-27-231210920160006</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/27/BOCM-20160927-177.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/27/BOCM-20160927-177.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/27/BOCM-20160927-177.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/27/BOCM-20160927-177.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>V. OTROS ANUNCIOS</seccion>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
    <organismo/>
  </analisis>
  <texto>V. OTROS ANUNCIOS 
  VITUM, S. COOP. MAD. 
 
 177 
 VITUM, S. Coop. Mad. Liquidación cooperativa 
  (EN LIQUIDACIÓN)
  Conforme a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid, en Asamblea General extraordinaria celebrada en Madrid, calle Núñez de Balboa, número 35 A, tercera planta, el día 8 de septiembre de 2016, en segunda convocatoria, con el quórum suficiente, se aprobó por unanimidad el siguiente balance final de liquidación y el proyecto de distribución del haber social:
  
 
   Proyecto de distribución y adjudicación del haber social
  a)	El importe correspondiente a la reserva de educación y promoción cooperativa se aportará a una o varias de las entidades públicas o privadas referidas en el artículo 64.1 de la Ley 4/1999.
  b)	Se propone como base de reparto del Resultado positivo de la Cooperativa en el año 2016, la dotación de los Fondos de Reserva Obligatorio (3.871,68 euros) y Voluntario (1.003,38 euros).
  	La adjudicación del haber social entre los socios cooperativistas se efectuará tomando como base el detalle de sus participaciones en el capital:
  1)	Los socios que únicamente hayan realizado aportaciones obligatorias fundacionales al capital, sin haber suscrito la ampliación de capital para preadjudicación de vivienda, que totalizan 1.081,83 euros, se liquidarán en primer lugar y únicamente tendrían derecho al resarcimiento de los importes satisfechos en efectivo por cada uno de ellos.
  2)	Los demás socios que hayan suscrito la ampliación de capital referida se liquidarán en segundo lugar, asignándoles a ellos los Fondos de Reserva Voluntaria, en función de su porcentaje de participación económica en el capital, proponiendo para estos la adjudicación de activos y la asunción de pasivos por subrogación o compensación entre los mismos:
  
 
   c)	El activo sobrante en saldos de cuentas corrientes bancarias por 31.832,62 euros, correspondiente a la materialización del Fondo de Reserva Obligatorio, se destinará a los mismos fines que la reserva de educación y promoción cooperativa.
  Madrid, a 12 de septiembre de 2016..Los liquidadores, María Isabel Sanz Herrera, Manuela de los Reyes Manzano Pérez y Elisa Silió Delibes (firmado).
  (02/31.957/16)</texto>
</documento>