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    <fecha_publicacion>2016/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>252</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 47 
 Alcobendas. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales 
  De conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 191 del Reglamento Orgánico de Pleno, el Ayuntamiento Pleno, en su sesión celebrada el 19 de octubre de 2016, en relación con el proyecto de modificación de ordenanzas fiscales y precios públicos para 2017, aprobado en la Junta de Gobierno de fechas 20 de septiembre y 4 de octubre de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:
  Aprobar provisionalmente el proyecto de modificación de las ordenanzas fiscales y precios públicos 2017 de las siguientes ordenanzas:
  
 
   Procedimiento y efectos: las modificaciones acordadas se aplicarán a partir del 1 de enero de 2017, a cuyo efecto, y en cumplimiento de lo establecido en los párrafos 1 y 2 del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expondrán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del citado artículo 17, en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario. 
  Dicha exposición al público se anunciará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a contar su plazo a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio. Además deberá anunciarse en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma. 
  Los expedientes de los acuerdos de referencia se hallan expuestos al público en la Intervención de este Ayuntamiento, Departamento de Rentas y Exacciones, a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo, puedan examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra los mismos, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
  a)	Plazo de exposición al público y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficinas de presentación:
  	Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana (SAC):
  .	Ayuntamiento de Alcobendas: plaza Mayor, número 1, Alcobendas (Madrid).
  .	Distrito Centro: plaza del Pueblo, número 1, Alcobendas (Madrid).
  .	Distrito Urbanizaciones: avenida Bruselas, número 19, Alcobendas (Madrid).
  .	Distrito Norte: avenida Magia, número 4, Alcobendas (Madrid).
  c)	Órgano ante el que se reclama: alcalde-presidente del Ayuntamiento de Alcobendas.
  Alcobendas, a 19 de octubre de 2016..El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.
  (03/36.453/16)</texto>
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