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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7</departamento>
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    <titulo>Málaga número 7. Ejecución 25 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7 
 
 189 
 Málaga número 7. Ejecución 25 de 2016 
  EDICTO
  Don Juan Carlos Ruiz Zamora, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Málaga.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 25 de 2016 a instancias de la parte actora doña Carmen Rocío Romero Gutiérrez, contra “Solerdent, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de 5 de septiembre de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dispongo:
  Declarar al ejecutado “Solerdent, Sociedad Limitada”, con CIF número B-86616679, en situación de insolvencia total con carácter provisional por importe de 19.780,77 euros de principal, más 3.164,92 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.
  Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones.
  De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro correspondiente para que se haga constar la declaración efectuada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de revisión ante este Juzgado, pese a lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
  Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Santander”, número 2955000064002516, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “social-reposición”, de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
  Si el ingreso se efectuare por transferencia se hará en la cuenta del “Santander” 0049-3569-92-0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo social número 7 de Málaga, y en “observaciones”, se consignarán los 16 dígitos que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “social-reposición”.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El letrado de la Administración de Justicia.
  Y para que sirva de notificación al demandado “Solerdent, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Málaga, a 5 de septiembre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/33.871/16)</texto>
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