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    <fecha_publicacion>2016/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Fuenlabrada número 5. Procedimiento 742 de 2013-P</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 5 
 
 92 
 Fuenlabrada número 5. Procedimiento 742 de 2013-P 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 742 de 2013-P, entre doña María del Pilar Merino Atalaya y don José Antonio Valle Narciso, en cuyos autos se han dictado las siguientes resoluciones:
  Sentencia número 250 de 2015
  En Fuenlabrada, a 26 de noviembre de 2015..Vistos por el ilustrísimo señor don Guillermo Cortés García-Moreno, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Fuenlabrada, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado con el número 742 de 2013, a instancias de doña María del Pilar Merino Atalaya, representada por el procurador don José Antonio Fente Delgado y asistida por el letrado don Juan Alonso Villodre Miranda, contra don José Antonio Valle Narciso, sin representación procesal y en situación de rebeldía.
  El presente juicio tiene como objeto reclamación de cantidad derivada de copropiedad de vivienda.
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por  doña María del Pilar Merino Atalaya, se condena al demandado don José Antonio Valle Narciso a que abone a la actora la cantidad de 18.253,61 euros, así como los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, y 6.410,76 euros, así como los intereses legales desde la fecha de la audiencia previa, que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta que sea totalmente ejecutada, y todo ello con imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.
  Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá, ante este Juzgado, dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.
  De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica de Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, para formular dicho recurso de apelación contra la presente resolución, la parte recurrente deberá consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, la cantidad de 50 euros en concepto de “depósito para recurrir en apelación” debiendo acompañar el justificante de ingreso junto con el escrito de interposición del recurso, advirtiéndose a las partes que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (disposición adicional decimoquinta número 7).
  Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
  Auto
  Magistrado-juez de primera instancia, don Guillermo Cortés García-Moreno..En Fuenlabrada, a 9 de diciembre de 2015.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda la rectificación de la sentencia de fecha 26 de noviembre de 2015 en el sentido de donde dice: “que la señora Merino se encuentra asistida por el letrado don Juan Alonso Villodre”; debe decir: “asistida de la letrada doña Flor Fuentes Prior”.
  Asimismo, en el fundamento de derecho segundo, donde dice: “que se aporta nota simple del Registro de la Propiedad de Fuenlabrada”; debe decir: “del Registro de la Propiedad de Madrid”.
  En el antecedente de hecho tercero, queda suprimido el párrafo desde “testifical” hasta el final.
  Incorpórese esta resolución al libro de resoluciones definitivas a continuación de aquella de la que trae causa y llévese testimonio a los autos principales.
  Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
  Lo acuerda y firma su señoría..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación a don José Antonio Valle Narciso expido y firmo la presente en Fuenlabrada, a 29 de julio de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/33.953/16)</texto>
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