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    <identificador>BOCM-20161026-149</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/10/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Procedimiento 540 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 
 149 
 Madrid número 31. Procedimiento 540 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Amalia del Castillo de Comas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 540 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Melisa Mariel Medina, frente a doña Vanesa Ruiz Sanz y “Devesa Entertainment, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  a)  Se acuerda aclarar la omisión y el defecto advertido en el hecho probado primero de la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2016, en el sentido que a continuación se dice:
  Donde dice: “con prorrata”; debe decir: “sin prorrata”.
  b)  Se acuerda añadir:
  «Hecho probado séptimo..La empresa adeuda a la parte demandante la cantidad de 2.662,19 euros brutos en concepto de liquidación, tal como se desglosa en el hecho decimotercero de la demanda, que se da por reproducido (meses de enero, febrero, marzo, abril y vacaciones del año 2016)».
  «Fallo
  Que estimando la demanda de cantidad interpuesta por doña Melisa Mariel Medina, frente a “Devesa Entertainment, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la parte demandante la cantidad de 2.662,19 euros brutos en concepto de liquidación debida, más el 10 por 100 de mora».
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Devesa Entertainment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 27 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/34.260/16)</texto>
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