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    <fecha_publicacion>2016/10/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento 565 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>258</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 
 178 
 Madrid número 39. Procedimiento 565 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Margarita Martínez González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid. 
  Hago saber: Que en el procedimiento número 565 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Albeiro Grajales Grajales, frente a don Fernando Azcona Recio, Fondo de Garantía Salarial e “Izamar, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Albeiro Grajales Grajales, frente a la empresa “Izamar, Sociedad Anónima”, don Fernando Azcona Recio, en su condición de administrador concursal de la empresa demandada, y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada mercantil al abono al actor de la suma de 2.222,22 euros en concepto de cantidad bruta reclamada que deberá ser incrementada con el recargo del 10 por 100 de interés por mora. Se condena a don Fernando Azcona Recio en su condición de administrador concursal de la empresa demandada a pasar por esta declaración. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de su responsabilidad legal.
  Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
  Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Fernando Azcona Recio, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/35.359/16)</texto>
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