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    <identificador>BOCM-20161104-85</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/11/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 52. Procedimiento 859 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>265</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52 
 
 85 
 Madrid número 52. Procedimiento 859 de 2014 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 859 de 2014, entre “Infortisa, Sociedad Limitada”, y “Falcon Eurolabel, Sociedad Limitada”, en reclamación de 3.384,73 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 191 de 2014
  En Madrid, a 30 de octubre de 2014..La ilustrísima señora doña María Teresa Santos Gutiérrez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 52 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 859 de 2014, a instancias de “Infortisa, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Elena Muñoz González, contra “Falcon Eurolabel, Sociedad Limitada”, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Elena Muñoz González, en nombre y representación de “Infortisa, Sociedad Limitada”, frente a “Falcon Eurolabel, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 3.384,73 euros, más los intereses correspondientes desde la fecha de presentación de la demanda hasta el total pago de la deuda, con expresa imposición de costas a la demandada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, el cual se preparará por medio de escrito presentado, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna...
  Desconociendo el domicilio de la demandada, líbrese oficio al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la publicación de la presente resolución, debiendo ser diligenciado por la actora.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a “Falcon Eurolabel, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Madrid, a 6 de octubre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/36.653/16)</texto>
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