<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20161114-116</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/11/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 10. Ejecución 46 de 2016, notificación a Aduanas Senalar, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>273</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-11-14-273041120160043</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/14/BOCM-20161114-116.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/14/BOCM-20161114-116.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/14/BOCM-20161114-116.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/14/BOCM-20161114-116.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 116 
 Madrid número 10. Ejecución 46 de 2016, notificación a Aduanas Senalar, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Belén Requena Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 46 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio de Diego Arranz, frente a “Aduanas Senalar, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto número 725 de 2016
  En Madrid, a 10 de octubre de 2016.
  Parte dispositiva:
  Se tiene por abonada la cantidad reclamada en los presentes autos, más los intereses y las costas.
  Procédase al alzamiento de los embargos trabados sobre los bienes y derechos de la ejecutada, librándose al efecto los despachos oportunos.
  Y verificado lo anterior, procédase al archivo de las actuaciones.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2508/0000/64/0046/16.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aduanas Senalar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de octubre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.516/16)</texto>
</documento>