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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/11/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 6. Procedimiento 47 de 2016, notificación a doña Isabel María Cala Leiva</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6 
 
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 Colmenar Viejo número 6. Procedimiento 47 de 2016, notificación a doña Isabel María Cala Leiva 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio sobre delitos leves número 47 de 2016, entre don Gaspar García Alen y doña Isabel María Cala Leiva, por un presunto delito de estafa, en cuyos autos se ha dictado la sentencia que en su encabezamiento y fallo dice:
  Sentencia
  En Colmenar Viejo, a 6 de mayo de 2016..La señora doña Raquel Sánchez Escobar, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de esta ciudad, ha visto los presentes autos sobre delito leve número 47 de 2016, seguidos por presunto delito leve de estafa, con intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados, don Gaspar García Alen y doña Isabel María Cala Leiva, recayendo la presente resolución en base al siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Isabel María Cala Leiva, como autora de un delito leve de estafa del artículo 249.2 del Código Penal, a una pena de tres meses de multa, a razón de 10 euros diarios (900 euros), quedando sujeta a la responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, y que indemnice a don Gaspar García Alen en la cantidad de 100 euros, y al pago de las costas causadas.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes intervinientes e implicados, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución.
  Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia a doña Isabel María Cala Leiva, y su publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Colmenar Viejo, a 14 de octubre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/37.323/16)</texto>
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