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    <identificador>BOCM-20161117-107</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/11/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento 1.014 de 2015, notificación a Empresa de Seguridad Orma, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 
 107 
 Madrid número 13. Procedimiento 1.014 de 2015, notificación a Empresa de Seguridad Orma, S. A. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.014 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Jesús Leal Pérez y don José Miguel Larriba Millán, frente a “EME Compañía de Seguridad e Ingeniería y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, “Empresa de Seguridad Orma, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial y “SIO Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 22 de agosto de 2016.
  Parte dispositiva:
  Ha lugar a la práctica de las diligencias de prueba interesadas por don Ángel Jesús Leal Pérez y don José Miguel Larriba Millán, y en su consecuencia, se acuerda:
  En cuanto a la documental consistente en requerir a las demandadas a fin de que con diez días de antelación al juicio aporten TC2 e Informe de Vida Laboral de la Empresa (VILEM) desde junio de 2015 hasta la actualidad, quedan requeridas las demandadas con la notificación de la presente resolución.
  Librar oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social al objeto de que se remita a este Juzgado la vida laboral de las empresas demandadas desde junio de 2015 hasta la actualidad.
  Respecto a la documental consistente en requerir a las demandadas a fin de que con diez días de antelación al juicio aporten Informe de Trabajadores en Alta (ITA) desde junio de 2015 hasta la actualidad, requiérase a la parte actora para que aclare en qué consiste el ITA.
  Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo acordado.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2511/0000/61/1014/15.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Ángel Juan Alonso Boggiero.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Empresa de Seguridad Orma, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/37.808/16)</texto>
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