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    <fecha_publicacion>2016/11/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Ordenanza de medio ambiente</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Ordenanza de medio ambiente 
  Aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza de medio ambiente, una vez transcurrido el plazo de información pública y conforme a lo establecido en la Ley de Bases de Régimen Local se procede a la publicación íntegra de la misma.
  Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  «Primero..Aprobar inicialmente la modificación del artículo 13 de la ordenanza municipal de medio ambiente incluyendo un nuevo apartado ñ), “prohibición de uso y vertido de productos químicos en la vía pública, como sería el caso del azufre en polvo”.
  Esta conducta se califica como infracción leve».
  Colmenar Viejo, a 3 de noviembre de 2016..El alcalde-presidente, Miguel A. Santamaría Novoa.
  (03/38.866/16)</texto>
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