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    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
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 Madrid número 9. Procedimiento 1.094 de 2014, notificación a Esabe Limpiezas Integrales, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.094 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel Ramírez del Prado, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
  Comparecencia
  En Madrid, a 18 de octubre de 2016..Ante mí la letrada de la Administración de Justicia, comparece la demandante de este proceso doña Isabel Ramírez del Prado y manifiesta: Que desiste de su demanda, origen del presente procedimiento, suplicando se le tenga por desistida.
  Y para constancia de ello se extiende la presente, que leída y ratificada, firma la compareciente conmigo, la letrada de la Administración de Justicia, de lo que doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 18 de octubre de 2016.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda tener por desistida a la parte actora doña Isabel Ramírez del Prado de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2507/0000/62/1094/14.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 18 de octubre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/38.190/16)</texto>
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