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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento 96 de 2016, notificación a Hotel Laris, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 137 
 Madrid número 10. Procedimiento 96 de 2016, notificación a Hotel Laris, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Belén Requena Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 96 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Ruiz Aradas, frente a “Hotel Laris, Sociedad Limitada”, “Hotelme 2005, Sociedad Limitada”, “Menta Hotels, Sociedad Limitada”, “Rojuma Inversiones, Sociedad Limitada”, “Siral Hoteles, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Con carácter previo, la parte actora desiste de la demanda frente a “Siral Hoteles, Sociedad Limitada”, “Rojuma Inversiones, Sociedad Limitada”, y “Hotel Laris, Sociedad Limitada”.
  La empresa reconoce la improcedencia del despido con efectos del día de hoy y ofrece como indemnización la cantidad de 86.682,70 euros, de los cuales ya se han abonado con anterioridad 29.320,20 euros, quedando pendientes de pago 57.362,50 euros, y reconoce adeudar al trabajador la cantidad de 5.204,38 euros brutos por los conceptos del hecho sexto de la demanda correspondientes a la nómina de noviembre de 2015 por importe de 2.196,12 euros, nómina de diciembre de 2015 por importe de 1.024,86 euros, paga extra de diciembre de 2015 por importe de 1.343,09 euros y parte proporcional de paga de junio de 2016 por importe de 640,31 euros. Además, adeuda los salarios devengados desde la fecha de despido (15 de diciembre de 2015) hasta el día de hoy. En total once mensualidades a razón de 2.430,38 euros hacen un total de 26.876,85 euros. Lo que hace un total de 32.081,23 euros (5.204,38 euros + 26.876,85 euros).
  El pago de la citada cantidad se realizará en el plazo de siete días mediante transferencia bancaria a la cuenta donde el trabajador percibía habitualmente su nómina.
  El trabajador acepta y con el percibo de dichas cantidades declara saldada y finiquitada la relación laboral con la empresa, que queda extinguida con efectos del día 11 de octubre de 2016.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hotel Laris, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de octubre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/38.158/16)</texto>
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