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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 222 de 2016, notificación a Restauraciones Técnicas de Edificios, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>279</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 159 
 Madrid número 16. Ejecución 222 de 2016, notificación a Restauraciones Técnicas de Edificios, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Cristina Oro-Pulido Miguel, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 222 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don William Milton García Rojas, frente a “Restauraciones Técnicas de Edificios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don William Milton García Rojas, frente a la demandada “Restauraciones Técnicas de Edificios, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 830,36 euros, más 124,55 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2514/0000/64/0222/16.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Soledad Ester Hidalgo Serna.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Restauraciones Técnicas de Edificios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de octubre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/38.169/16)</texto>
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