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    <identificador>BOCM-20161121-164</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/11/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Ejecución 174 de 2016, notificación a I Vamos Empresa de Servicios Especializados, S. L., y otras</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>279</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 
 164 
 Madrid número 17. Ejecución 174 de 2016, notificación a I Vamos Empresa de Servicios Especializados, S. L., y otras 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  D./Dña. PALOMA MUÑIZ CARRION LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid, HAGO SABER:
  
  Que en el procedimiento 174/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ESMERALDA MARTIN SEGOVIA frente a I VAMOS EMPRESA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS SL, I VAMOS EXPRESS SL y I VAMOS FACILITY SERVICES SLU sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 25/10/2016 cuya parte dispositiva literalmente dice:
  
  A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 2.421,81 euros de principal; 169,52 de intereses y 242,18 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado I VAMOS FACILITY SERVICES SLU, I VAMOS EMPRESA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS SL e I VAMOS EXPRESS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  
  La parte ejecutante podrá solicitar por escrito testimonios a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
  
  Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.
  
  MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2515-0000-64-0174-16.
  
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
  
  El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  D./Dña. PALOMA MUÑIZ CARRION
  
  Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a I VAMOS EMPRESA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS SL, I VAMOS EXPRESS SL y I VAMOS FACILITY SERVICES SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
  
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  
  
  
  En Madrid, a veinticinco de octubre de dos mil dieciséis.
  
  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
  (03/37.697/16)</texto>
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