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    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Ordenanza concesión subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 37 
 Alcobendas. Régimen económico. Ordenanza concesión subvenciones 
  El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2016, acordó aprobar inicialmente la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones en materia de bienestar social en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 56 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrá examinarse y presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas, estando el expediente a disposición del público en el Ayuntamiento de Alcobendas, Departamento de Secretaría General del Pleno, sito en la plaza Mayor, número 1, tercera planta.
  Se entenderá definitivamente aprobada la ordenanza en el caso de que en el plazo señalado no se formulasen reclamaciones y sugerencias, de conformidad con lo indicado en el último párrafo del citado artículo 49, y en el artículo 204.2 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas.
  Alcobendas, a 4 de noviembre de 2016..La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez Marcos.
  (03/39.208/16)</texto>
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