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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 207 de 2016, notificación a Empresa de Seguridad Orma, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 99 
 Madrid número 2. Ejecución 207 de 2016, notificación a Empresa de Seguridad Orma, S. A. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 207 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ángel de las Heras Lozano, frente a “Empresa de Seguridad Orma, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Dispongo: Despachar orden general de la ejecución número 207 de 2016 a favor de la parte ejecutante don José Ángel de las Heras Lozano, frente a la demandada “Empresa de Seguridad Orma, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 26.563,19 euros, más otros 1.593,79 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 726 euros para las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.
  Así lo acuerda y firma su señoría, doña Estefanía González Sanz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Empresa de Seguridad Orma, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/40.935/16)</texto>
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