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    <titulo>– Pedrezuela. Régimen económico. Ordenanza tasa ocupación suelo</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PEDREZUELA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Pedrezuela. Régimen económico. Ordenanza tasa ocupación suelo 
  El Pleno del Ayuntamiento de Pedrezuela, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de diciembre de 2016, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de suelo público para terrazas, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Pedrezuela, a 2 de diciembre de 2016..El alcalde, Rafael Turnes García.
  (03/43.153/16)</texto>
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