<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20161221-90</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/12/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 16 de 2014, notificación a Globus Comunicación, S. A.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>305</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-12-21-305141220160024</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/21/BOCM-20161221-90.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/21/BOCM-20161221-90.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/21/BOCM-20161221-90.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/21/BOCM-20161221-90.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 90 
 Madrid número 9. Ejecución 16 de 2014, notificación a Globus Comunicación, S. A. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María del Carmen Martín García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 16 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Corredera García y doña Montserrat Busqué Hernández, frente a “Concursalia, Sociedad Limitada Profesional”, y “Globus Comunicación, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María del Carmen Martín García..En Madrid, a 29 de julio de 2016.
  Por presentado el anterior escrito de fecha 16 de junio de 2016 del letrado don Luis Suárez Machota, en nombre y representación de la parte ejecutante, únase a los autos de su razón con entrega de copia a las demás partes a los efectos legales oportunos; visto su contenido, acuerdo continuar la presente ejecución respecto de doña Mónica Corredera García por la cuantía de 4.849,57 euros.
  Por presentado el anterior escrito de fecha 4 de julio de 2016 del letrado don Luis Suárez Machota, en nombre y representación de la parte ejecutante, únase a los autos de su razón con entrega de copia a las demás partes a los efectos legales oportunos; visto su contenido, se tiene por instado el embargo de las marcas de la ejecutada “Globus Comunicación, Sociedad Anónima”, y con carácter previo al mismo por razones de economía procesal, teniendo conocimiento de que se sigue en el Juzgado de lo social número 4 de Madrid ejecución con el número 233 de 2013 (procedimiento ordinario número 171 de 2012) contra la misma empresa ejecutada, acuerdo el reembargo de los bienes embargados en dicho procedimiento seguido contra la misma empresa apremiada, a fin de cubrir la suma de 4.849,57 euros, así como, en su caso, la retención del sobrante que pudiera existir en su día, librándose a tal efecto el oportuno oficio al referido Juzgado, solicitando, asimismo:
  a)  Se informe del estado de las actuaciones y de la total cantidad objeto de apremio en dicho procedimiento.
  b)  Relación certificada de los bienes embargados y de su peritación.
  c)  Se ponga en conocimiento de las partes, depositarios, administradores o deudores de la ejecutada u otros organismos, el nuevo embargo que se traba con el fin de que quede garantizada la efectividad del mismo (artículos 258 de la Ley de la Jurisdicción Social y 610 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Globus Comunicación, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/42.470/16)</texto>
</documento>