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    <fecha_publicacion>2016/12/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 171 de 2015, notificación a don Casimiro Vargas Escalera</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>311</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 
 115 
 Madrid número 15. Ejecución 171 de 2015, notificación a don Casimiro Vargas Escalera 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 171 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto Condori Soliz, frente a don Casimiro Vargas Escalera y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se aprueba el remate de los bienes subastados y reseñados en el segundo antecedente de esta resolución a favor de don Óscar Manuel Esteban Divasson por la cantidad de 830 euros, y requerir al rematante para que en el plazo de diez días consigne la diferencia entre lo depositado para tomar parte de la subasta (82,50 euros) y el precio del remate (830 euros), apercibiéndole que de no verificarlo perderá la cantidad depositada la cual podría ser aplicada a los fines de la ejecución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Casimiro Vargas Escalera, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/42.774/16)</texto>
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