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    <titulo>– Arganda del Rey. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa galería de tiro</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 17 
 Arganda del Rey. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa galería de tiro 
  El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2016, ha acordado aprobar inicialmente el expediente de aprobación y ordenación de la tasa por la prestación de los servicios y utilización de la galería de tiro instalada en el edificio sede de la policía local y su ordenación mediante ordenanza fiscal reguladora.
  Lo que se hace público al objeto de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados puedan examinar el expediente en horario de atención al público, de lunes a viernes, en las oficinas municipales sitas en avenida del Ejército, número 2, en el plazo de treinta días hábiles, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y formular por escrito las alegaciones que estimen oportunas.
  Arganda del Rey, a 21 de diciembre de 2016..La concejala de Hacienda, Régimen Interior e Igualdad, Ana Sabugo Marcello.
  (03/45.118/16)</texto>
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