<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20161227-21</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLLADO MEDIANO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/12/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Collado Mediano. Régimen económico. Presupuesto general 2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>311</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-12-27-311221220160091</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-21.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-21.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-21.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-21.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Mediano</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 21 
 Collado Mediano. Régimen económico. Presupuesto general 2017 
  “De conformidad con lo establecido en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; se hace público para general conocimiento que, habiéndose presentado las correspondientes reclamaciones en el plazo establecido para ello, y resueltas las mismas, el presupuesto general del 2017 ha sido definitivamente aprobado por el Pleno en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2016.
  Y por ello, en virtud de lo establecido en la citada normativa, se publica dicho presupuesto resumido por capítulos, así como la plantilla de personal, que se transcribe a continuación:
  
     
 
   Por otra parte, atendiendo a lo estipulado en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace saber que contra la aprobación definitiva del presupuesto los interesados podrán interponer directamente, si así lo estiman procedente, recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción. El Tribunal de Cuentas deberá informar previamente a la resolución del recurso cuando la impugnación afecte o se refiera a la nivelación presupuestaria. No obstante lo anterior, la interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado por la corporación.
  En Collado Mediano, a 21 de diciembre de 2016..La alcaldesa, María Rubio Sadia.
  (03/44.923/16)</texto>
</documento>