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    <titulo>– El Vellón. Régimen económico.Ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Vellón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL VELLÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 El Vellón. Régimen económico.Ordenanzas fiscales 
  Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la ordenanzas fiscales cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
  1.  Aprobar definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana fijando el tipo en el 0,45 por 100 sobre la base liquidable.
  2.  Aprobar definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos:
  1)	Domicilios particulares: 25 euros/año.
  2)	Establecimientos o locales comerciales: 50 euros/año.
  Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
  El Vellón, a 23 de diciembre de 2016..El alcalde-presidente, José García Vela.
  (03/45.090/16)</texto>
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